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La despenalización del aborto no se presenta de manera general

Aborto, más que un derecho una decisión vital para la vida

Aborto, más que un derecho una decisión vital para la vida
Foto: Pixabay
jueves 25 de mayo, 2023

Por Sara Berrío Cuervo
Consultorio Jurídico Fundación Universitaria Católica Lumen Gentium, Unicatólica.

La despenalización del aborto no se presenta de manera general como muchas personas lo indican o lo confirman. Aún sigue consagrado en el Código Penal en su artículo 122. La sentencia C-055 de 2022 de la Corte Constitucional es con la cual se modifica, más no se sustituye o reemplaza todo su contenido.

Con esa modificación, que despenaliza el aborto, se agrega otra causal de terminación del embarazo, en la cual una persona gestante puede acceder a practicárselo se da solo hasta antes de la semana 24. Después de este término se deben invocar las tres causales ya consagradas en la sentencia C-355 de 2005.

“a) Cuando la continuación del embarazo constituya peligro para la vida o la salud de la mujer, certificado por un médico; b) cuando exista grave malformación del feto que haga inviable su vida, certificada por un médico; c) cuando el embarazo sea resultado de una conducta, debidamente denunciada, constitutiva de acceso carnal o acto sexual sin consentimiento, abusivo, o de inseminación artificial o de transferencia de óvulo fecundado no consentidas, o de incesto”.

La sentencia C-055 de 2022 sentó un precedente para muchas mujeres, relacionado con sus derechos y garantías de reproducción y sexuales, entre otras.

Este tema se puede llevar a otras esferas, a otros países donde esta práctica dejó de ser delito y se convirtió en una a la que cualquier mujer puede acceder, para hacer uso de uno de sus derechos, como lo es el derecho a la vida.

Por ende, esta práctica trae consigo una disminución de mujeres que mueren por realizarse abortos en sitios clandestinos o que carecen de medios idóneos, por las consecuencias negativas que conlleva. Se busca que las mujeres que tuvieran métodos alternativos no siguieran poniendo su vida en riesgo.

Por esta razón, mediante la sentencia C-055 de 2022, se establece que todas las entidades prestadoras de salud, ya sean de régimen subsidiado o contributivo, tienen la obligación de hacer valer la decisión de la Corte Constitucional referente a la realización de esta práctica, sin que en el transcurso se ponga en peligro la salud o la vida de la mujer.

A pesar de que hay diversas posturas respecto al aborto legal, se debe observar, desde la óptica de proteger los derechos de la mujer, con un acompañamiento en las primeras semanas de gestación y con el empleo de medicamentos, sin causar daños a los bienes que busca amparar su despenalización parcial, dado que viene involucrados, por ejemplo, la salud, la vida, la reproductividad de la mujer, su dignidad, entre otros.

Cabe mencionar que es de suma importancia que el derecho se ajuste a todas las necesidades de la sociedad, con organizaciones que se encarguen de visibilizar este tipo de problemáticas y expresar las inconformidades, al tomar y hacer uso de las medidas adecuadas para resolverlas.

El Consultorio Jurídico de Unicatólica recibe sus consultas en el siguiente correo: consultoriojuridico@unicatolica.edu.co

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