Implicaciones legales para las parejas en Colombia
El amor también debe cumplir la ley y no hay San Valentín que lo salve
Abogada, Conciliadora y Comunicador Social-Periodista
El 14 de febrero en muchos lugares del mundo se celebra San Valentín, y aunque parezca descabellado incluso imaginarlo, hay casos de la vida diaria que tienen que ver con el amor, pero son más jurídicos de lo que usted se imagina.
Descubre desde la impugnación de la paternidad hasta las consecuencias legales de la infidelidad, exploraremos casos reales y las implicaciones legales para las parejas en Colombia.
Caso 1: Los novios que de vez en cuando amanecen juntos se consideran una unión marital de hecho
La respuesta es no….falta algo que en el derecho se denomina el “animus” de formar un hogar implica que la pareja tiene la intención de vivir juntos como una unidad familiar, compartiendo responsabilidades, recursos y creando un entorno de convivencia estable, así que si su novio o novia va dejando cositas en su casa para marcar territorio o para animarlo a ir al altar, esa estrategia no le va a funcionar.
¿Qué es la Unión marital de hecho en Colombia?
La unión marital de hecho se define como la convivencia estable y permanente entre dos personas que no están casadas legalmente, pero que viven como pareja de manera pública y notoria. Esta convivencia debe estar basada en el afecto, el respeto y la voluntad de compartir un proyecto de vida en común.
Reconocimiento Legal
La Ley 54 de 1990 establece los criterios para el reconocimiento de la unión marital de hecho en Colombia. Para que esta unión sea reconocida legalmente, se requiere demostrar la existencia de un animus, es decir, la voluntad de vivir como pareja compartiendo un proyecto de vida en común.
¿Cómo se demuestra una unión marital de hecho?
Esto puede demostrarse a través de diversos medios, como testimonios de familiares y amigos, documentos compartidos o hijos en común.
Caso 2: ¿Qué pasa cuando la pareja con la que usted sale, vive con el esposa sólo por los niños y si es más osado indicará que duermen en camas separadas?
Él le dijo que usted era la persona más hermosa y especial que había conocido en su vida, que la ama con locura y que sólo está con la esposa por los niños, incluso si es más osado le dirá que duermen en camas separadas… ¿ya había escuchado semejante disparate?
Pues lamentablemente usted tiene pocas probabilidades de construir algo valioso emocionalmente y patrimonialmente si qué menos su balance sería en ceros, pues la mitad de todo lo que tiene ese señor le corresponde a su señora esposa. Así que mejor huya.
¿Qué pasa con sus bienes cuando alguien está casado?
En Colombia, cuando una persona está legalmente casada, ya sea por matrimonio civil o religioso, no puede constituir una sociedad conyugal o patrimonial con otra persona.
Esto se debe a que el matrimonio ya establece una sociedad conyugal entre los cónyuges, la cual implica la comunidad de bienes adquiridos durante el matrimonio, así como derechos y obligaciones conyugales específicos.
Constituir una sociedad conyugal o patrimonial con otra persona mientras se está casado sería considerado un acto ilegal y podría acarrear consecuencias legales.
En Colombia, existen normativas legales claras que regulan la institución del matrimonio y las sociedades conyugales, con el fin de proteger los derechos de los cónyuges y mantener la estabilidad jurídica en las relaciones matrimoniales.
Caso 3: ¿Qué pasa cuando mi pareja es infiel? Depende…
Aunque por estos días nadie para de hablar de Sara, que puso en jaque a dos integrantes de la SIJIN, hay que indicar que estos “cachos” son una causal de divorcio si están casados, y a menos que ocurra un milagro y ambas partes decidan terminar de manera amistosa, mediante un divorcio de mutuo acuerdo, también puede ocurrir que a la mujer en cuestión le toque afrontar las consecuencias legales de un divorcio sanción por ser infiel.
Pero si el escenario es que sólo vivián juntos o sea que son una unión marital de hecho jurídicamente no pasa nada.
Infidelidad en un matrimonio VS Unión marital de hecho
En el matrimonio se convierte en una causal de divorcio (Art. 154 CÓDIGO CIVIL), en cambio, si usted se encuentra en una relación conocida con el nombre de unión libre, técnicamente llamada Unión Marital de Hecho entre Compañeros Permanentes la Corte Suprema de Justicia determinó en sentencia SC 4263-2020 que este desliz, no afecta esta unión. ¿Cómo la ve?
Caso 4: ¿Qué debe hacer un hombre, cuando sospecha que ese hijo que tuvo su pareja no es suyo?
Y este es mi regalo de San Valentín para los hombres que cada semana están muy juiciosos siguiendo esta columna.
Cuando un caballero se entera que no es el padre de un menor y él ya lo reconoció o como se dice coloquialmente, ya le dio el apellido.
Ese hombre tiene 140 días para impugnar la paternidad, ojo ni un día más.
En Colombia se presume que madre es quien da a luz, así que ser padre es un acto de fe, y si usted tiene esa duda, recuerde que es una carrera contra el tiempo, sino recuerde al cantante Luis Alberto Posada que mantuvo a una menor que no era su hija por más de 8 años, hasta que la prueba de ADN confirmó que no era el progenitor y procedió por la vía legal a impugnar la paternidad.
Una carrera contra el reloj
En Colombia, según el Código Civil colombiano (Ley 84 de 1989), el plazo para impugnar la paternidad es de 140 días contados a partir del momento en que el padre tiene conocimiento del nacimiento del hijo o desde el momento en que cesa la incapacidad de actuar del hijo, si es que lo tuviera. Este plazo es establecido en el artículo 197 del Código Civil.
Es importante destacar que este plazo es estricto y que una vez transcurrido el mismo, la impugnación de la paternidad puede resultar mucho más complicada.
Sin embargo, pueden existir circunstancias excepcionales en las que se permita impugnar la paternidad más allá de este plazo, pero estas situaciones suelen ser evaluadas caso por caso por las autoridades judiciales.
La MORALEJA JURÍDICA de hoy es que antes de entregarse a las mieles del amor, analice detenidamente las implicaciones jurídicas que tendría en un futuro muy cercano su relación de pareja…. El amor también debe cumplir la ley y no hay San Valentín que lo salve.
Recuerde que si le asusta ir al altar, una manera de declarar la unión marital de hecho se puede realizar mediante una audiencia de conciliación, para que todo quede por escrito, Si me necesita no dude en contactarme al 3162124646 y no olvide seguirme en mis redes sociales.
Ángela María Caicedo
Abogada, Conciliadora y Comunicador Social-Periodista
Escritora Apasionada y Exploradora del Conocimiento Jurídico
📍 Cali-Colombia
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¡Hola! Soy Ángela María Caicedo, y me encanta sumergirme en el fascinante mundo de la escritura y el descubrimiento.
Como apasionada de los temas jurídicos, mi objetivo es compartir ideas, inspiración y conocimiento a través de mis palabras.
Y aunque parezca que los abogados nos expresamos con un lenguaje de otro planeta, es nuestra responsabilidad acortar la brecha comunicativa entre abogados y no abogados, teniendo en cuenta que ambos lenguajes tanto el jurídico como el común coexisten.
He estado explorando y en este punto en particular hay que hacer una reflexión ¿Todos tenemos derecho a comprender, aquello que estamos obligados a cumplir? la respuesta a esta pregunta es que todo Estado que desee consolidar su democracia y justicia no sólo debe ampararse en la presunción del conocimiento de la Ley, como se indica en el artículo 9 de Código Civil Colombiano que nos habla acerca del principio de la “ignorancia de las leyes no sirve de excusa” y desde la óptica lingüística, si un receptor no puede comprender el contenido semántico de un texto, ¿en realidad se cumplió la misión de comunicar el mensaje?, la respuesta es ¡NO!
Por eso este espacio es mi plataforma para conectar contigo. Mis artículos están diseñados para informar, entretener y desafiar tus pensamientos. ¡Espero que los disfrutes!
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