El Consejo de Estado condenó al Ejército Nacional

Estado debe responder por desminado

    martes 24 de mayo, 2016

    El Consejo de Estado condenó al Ejército Nacional a pagar más de 780 millones de pesos por la muerte de un residente de la vereda Ocó Alto del municipio de Tarazá (Antioquia), que fue víctima de una mina antipersonal en el año 2009.

    El Ejército Nacional apeló la decisión del Tribunal Administrativo de Antioquia por considerar que la erradicación de minas que debe efectuar el Ejército solo se limita a aquellas que el propio Estado había colocado, pues es una “utopía erradicar las minas antipersonal que utiliza la subversión”.
    Además, estimó que la capacitación en el riesgo de minas no es función del Ejército Nacional sino del Programa Presidencial para la acción integral contra las minas antipersonal.

    La Sección Tercera explicó que el Estado colombiano ratificó y aprobó la Convención de Otawa en el año 2000, referente a la prohibición del empleo, almacenamiento, producción y transferencia de minas antipersonal. Además, la jurisprudencia del Consejo de Estado y de la Corte Constitucional ha señalado que el Estado está obligado a destruir las minas o asegurar que esto se cumpla, por lo que debe identificar las zonas donde se sepa o se sospeche que hay minas antipersonal y deberá demarcar los lugares, vigilarlos y asegurar la exclusión eficaz de civiles.

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