El Decreto 659 de 2024

Nuevo estatuto aduanero para Colombia

Foto: Freepik
jueves 11 de julio, 2024

Por: Rodrigo García Ocampo
CPA, MBA, MGE, MGR
Socio – Director
Email: rgarcia@sfai.co

En menos de cinco años Colombia tiene un nuevo Estatuto Aduanero.

Se trata del Decreto 659 de 2024 que modifica su homólogo del año 2019, el Decreto 1165.

A continuación algunos aspectos de la nueva norma.

Argumentos para el cambio

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) ha presentado varios argumentos para justificar la necesidad de un nuevo Estatuto Aduanero:

Combate al Contrabando y Protección de la Industria Nacional:

La DIAN argumenta que el estatuto anterior presentaba vacíos legales y procedimientos engorrosos que facilitaban el contrabando y la evasión fiscal.

El nuevo estatuto busca fortalecer los controles aduaneros, agilizar los procesos y aumentar las sanciones para disuadir estas prácticas ilícitas, protegiendo así la industria nacional y generando un entorno de competencia leal.

Modernización y Facilitación del Comercio Exterior:

El comercio internacional ha evolucionado rápidamente en los últimos años, y el estatuto de 2019 no se ajustaba a las nuevas dinámicas y tecnologías.

El nuevo estatuto busca modernizar los procedimientos aduaneros, incorporar herramientas tecnológicas como la declaración anticipada y la inspección no intrusiva, y agilizar los trámites para reducir los costos y tiempos asociados al comercio exterior.

Alineación con Estándares Internacionales:

El nuevo estatuto busca alinear la normativa aduanera colombiana con los estándares internacionales, especialmente con el Marco SAFE de la Organización Mundial de Aduanas (OMA).

Esto facilitaría la integración de Colombia en las cadenas globales de valor y mejoraría la imagen del país como socio comercial confiable.

Adaptación a los Nuevos Desafíos:

La DIAN argumenta que el estatuto anterior no estaba preparado para enfrentar los nuevos desafíos del comercio internacional, como el crecimiento del comercio electrónico, la proliferación de nuevos tipos de mercancías y las amenazas a la seguridad en la cadena de suministro.

El nuevo estatuto busca abordar estos desafíos con medidas específicas y herramientas más efectivas.

Mayor Seguridad Jurídica y Transparencia:

El nuevo estatuto busca brindar mayor seguridad jurídica a los operadores de comercio exterior, simplificando los procedimientos, estableciendo plazos más claros y ofreciendo mecanismos de resolución de conflictos más eficientes.

También se busca aumentar la transparencia en los procesos aduaneros, reduciendo la discrecionalidad de los funcionarios y facilitando el acceso a la información.

Vigencia de la Nueva Norma

La entrada en vigencia del nuevo Estatuto Aduanero (Decreto 659 de 2024) es escalonada y diferida en el tiempo:

La Primera Fase: 3 de junio de 2024: Entraron en vigencia las disposiciones relacionadas con la declaración anticipada de importación (DAI), la inspección no intrusiva (INI), el programa de Operador Económico Autorizado (OEA) y el régimen sancionatorio.

La Segunda Fase: Aún sin fecha definida: Las disposiciones relacionadas con los servicios informáticos electrónicos (SIE) entrarán en vigencia una vez que la DIAN certifique que cuenta con la infraestructura tecnológica necesaria para su implementación.

Esto incluye la plataforma para la presentación electrónica de la DAI y otros trámites aduaneros.

La entrada en vigencia escalonada busca facilitar la adaptación de los operadores de comercio exterior a las nuevas regulaciones y garantizar que la DIAN cuente con las herramientas necesarias para implementar los cambios de manera efectiva.

Principales Cambios

Cambios en las Importaciones

El nuevo Estatuto Aduanero colombiano, promulgado mediante el Decreto 659 de 2024, introduce cambios sustanciales respecto a su predecesor, el Decreto 1165 de 2019 en importaciones, así:

1. Declaración Anticipada de Importación (DAI):

• Decreto 1165 (2019): La DAI era obligatoria solo para ciertas mercancías y bajo condiciones específicas.

• Decreto 659 (2024): La DAI es ahora obligatoria para todas las importaciones, debiendo presentarse con al menos 48 horas de antelación al arribo de la mercancía.

• Implicaciones: Este cambio busca fortalecer el control aduanero y prevenir el ingreso de mercancías ilícitas.

Sin embargo, puede generar costos adicionales para los importadores y requerir ajustes en sus procesos logísticos.

2. Inspección No Intrusiva (INI):

• Decreto 1165 (2019): La INI era una herramienta de control aduanero, pero su uso no estaba ampliamente regulado.

• Decreto 659 (2024): Se establece un marco normativo más detallado para la INI, incluyendo la posibilidad de utilizar tecnologías avanzadas como escáneres de rayos X y detectores de radiación.

• Implicaciones: La INI se convierte en un pilar del control aduanero, buscando agilizar los procesos y reducir la manipulación física de las mercancías.

No obstante, la implementación de tecnologías avanzadas requiere inversiones significativas por parte de la autoridad aduanera.

3. Operador Económico Autorizado (OEA):

• Decreto 1165 (2019): El programa OEA existía, pero su adopción era limitada.

• Decreto 659 (2024): Se fortalece el programa OEA, ofreciendo mayores beneficios a las empresas certificadas, como la reducción de controles y la agilización de trámites.

• Implicaciones: El nuevo Estatuto incentiva la adopción del programa OEA, buscando fomentar la seguridad en la cadena de suministro y facilitar el comercio para las empresas que cumplen con altos estándares de seguridad.

4. Infracciones y Sanciones:

• Decreto 1165 (2019): El régimen sancionatorio era complejo y, en ocasiones, desproporcionado.

• Decreto 659 (2024): Se simplifica y actualiza el régimen sancionatorio, buscando hacerlo más proporcional a la gravedad de las infracciones.

• Implicaciones: Se busca disuadir las prácticas ilícitas y generar un entorno de mayor cumplimiento normativo.

Sin embargo, la aplicación efectiva del nuevo régimen dependerá de la capacidad de la autoridad aduanera para investigar y sancionar las infracciones.

5. Procedimiento Administrativo Aduanero:

• Decreto 1165 (2019): El procedimiento era engorroso y con plazos extensos.

• Decreto 659 (2024): Se agiliza el procedimiento, reduciendo plazos y estableciendo mecanismos para la resolución expedita de conflictos.

• Implicaciones: Se busca brindar mayor seguridad jurídica a los operadores de comercio exterior y facilitar la resolución de controversias.

No obstante, la efectividad de estos cambios dependerá de la implementación de sistemas informáticos ágiles y la capacitación del personal aduanero.

Cambios en las Exportaciones

Si bien el nuevo Estatuto Aduanero se enfoca principalmente en las importaciones, también introduce algunos cambios relevantes para las exportaciones.

1. Declaración de Exportación Anticipada (DEA): Aunque no es obligatoria en todos los casos como la DAI para importaciones, la DEA se convierte en un requisito para ciertas exportaciones, especialmente aquellas que involucran mercancías sujetas a restricciones o controles especiales.

Esto busca agilizar los trámites y mejorar el control sobre las exportaciones sensibles.

2. Certificado de Origen: El nuevo Estatuto establece requisitos más estrictos para la emisión y presentación del Certificado de Origen, un documento clave para aprovechar los beneficios de los acuerdos comerciales internacionales.

Se busca asegurar la veracidad de la información y prevenir fraudes.

3. Régimen Sancionatorio: Las sanciones por infracciones relacionadas con las exportaciones se han actualizado y, en algunos casos, se han incrementado.

Esto busca disuadir prácticas ilícitas y garantizar el cumplimiento de las normas aduaneras.

4. Facilitación del Comercio: El nuevo Estatuto promueve la facilitación del comercio exterior en general, lo que también beneficia a los exportadores.

Se establecen mecanismos para agilizar los trámites, reducir los costos y simplificar los procedimientos aduaneros.

Continuidad de normas anteriores:

En general, gran parte de las normas relacionadas con las exportaciones se mantienen vigentes en el nuevo Estatuto Aduanero.

Los procedimientos básicos de exportación, los requisitos de documentación y los regímenes aduaneros especiales para exportaciones siguen siendo similares.

Zonas Francas

Es de indicar que, el nuevo Estatuto Aduanero introduce algunos cambios relevantes para el tráfico de importaciones y exportaciones en Zonas Francas en comparación con la normativa anterior (Decreto 1165 de 2019), al ser incorporadas al régimen franco, la Declaración Anticipada de Importación (DAI) y la Inspección No Intrusiva (INI).

Iguales cambios ocurren en las exportaciones al introducir a las zonas francas la Declaración de Exportación Anticipada (DEA) para ciertas exportaciones y las nuevas condiciones para el Certificado de Origen, lo que puede requerir mayor atención a la documentación y los procedimientos por parte de los operadores.

Otros cambios relevantes:

• Régimen Sancionatorio: Las sanciones por infracciones aduaneras cometidas en Zonas Francas se han actualizado y, en algunos casos, se han incrementado.

Esto busca disuadir prácticas ilícitas y garantizar el cumplimiento de las normas aduaneras en estas zonas especiales.

• Facilitación del Comercio: El nuevo Estatuto promueve la facilitación del comercio en general, lo que también beneficia a las operaciones de importación y exportación en Zonas Francas.

Se establecen mecanismos para agilizar los trámites, reducir los costos y simplificar los procedimientos aduaneros.

Trafico postal, muestras comerciales gratuitas y envíos urgentes

El nuevo Estatuto Aduanero (Decreto 659 de 2024) introduce algunos cambios relevantes en el manejo de importaciones a través del tráfico postal, muestras comerciales gratuitas y envíos urgentes.

Tráfico postal:

• Declaración simplificada: Se mantiene la posibilidad de utilizar una declaración simplificada para envíos de bajo valor a través del tráfico postal.

Sin embargo, se establecen límites más claros y se refuerzan los controles para prevenir el ingreso de mercancías ilícitas, los que se mantiene limitados a USD 200 FOB.

• DAI para envíos de mayor valor: Para envíos de mayor valor, se requerirá la presentación de la Declaración Anticipada de Importación (DAI) con al menos 48 horas de antelación, al igual que en otras modalidades de importación.

Muestras comerciales gratuitas:

• Exoneración de impuestos: Se mantiene la exoneración de impuestos para muestras comerciales gratuitas que cumplan con los requisitos establecidos en la normativa aduanera.

• Declaración simplificada: Se podrá utilizar una declaración simplificada para este tipo de envíos, siempre y cuando se cumplan los requisitos de valor y finalidad establecidos.

Envíos urgentes:

• Trámite prioritario: Se establece un trámite prioritario para envíos urgentes, lo que permite agilizar su despacho aduanero.

• DAI y requisitos especiales: Para envíos urgentes de mayor valor o que contengan mercancías sujetas a restricciones, se requerirá la presentación de la DAI y el cumplimiento de requisitos especiales.

El nuevo Estatuto Aduanero representa un avance significativo en la modernización y eficiencia de la gestión aduanera en Colombia.

Los cambios introducidos buscan fortalecer el control aduanero, agilizar los procesos, fomentar la seguridad en la cadena de suministro y brindar mayor seguridad jurídica a los operadores de comercio exterior.

Sin embargo, la implementación exitosa de este nuevo marco normativo requerirá un esfuerzo conjunto por parte de la autoridad aduanera, los operadores de comercio exterior y los demás actores involucrados.

La capacitación, la inversión en tecnología y la adaptación de los procesos serán claves para aprovechar al máximo los beneficios que ofrece el nuevo Estatuto Aduanero.

Es importante recordar que la información proporcionada en este artículo es de carácter general y no debe considerarse como asesoría específica.

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