Minusvalía afecta la generación de ingresos en el núcleo familiar

Pensión especial de vejez de madre o padre con hijos discapacitados

miércoles 14 de agosto, 2019

Por: Diana Carolina Florez Serna
Consultora Jurídica
Email: dflorez@sfai.co

En los hogares Colombianos son muchos los casos en los cuales los padres de familia de personas con discapacidad física, mental y/o cognitiva deben dedicar todo el tiempo a su cuidado y atención, como consecuencia no pueden contraer un vínculo laboral por no tener disponibilidad para su desempeño.

Algunos deben renunciar a sus labores ya que no pueden cubrir el pago de un tercero que se encargue de prestar un servicio de cuidado optimo a la persona que se encuentra en minusvalía.

Generación de ingresos

Lo anterior conlleva a que el padre o la madre no generen ingresos para su mínimo vital, alimentos y suspendan el pago a los aportes del Sistema de Seguridad Social sobre todo en Pensión.

Por todo lo anterior la llegada de la edad de 57 años para las mujeres y 62 años para los hombres, edades mínimas para aspirar actualmente a una pensión, obviamente con el cumplimiento de los demás requisitos, sería insuficiente, ya que estas personas no cumplirían con la cantidad de semanas exigidas por la ley para poder acceder a una pensión.

Garantías

El sistema de seguridad social integral es una garantía constitucional que debe ser prestada de manera eficiente, universal y solidaria, creado para cubrir de manera amplia todas las situaciones sociales ligadas al Derecho Fundamental de la Dignidad Humana; conformado por los regímenes de Salud, Pensión, Riesgos Profesionales y los servicios complementarios creados por la ley y su prestación es de obligatorio cumplimiento.

Las prestaciones sociales se encuentran condicionadas a tres situaciones contempladas en la ley 100 de 1993 como son: “El amparo contra las contingencias derivadas de la vejez, la invalidez y la muerte, mediante el reconocimiento de las pensiones y prestaciones”.

Ordenamiento

Con la incorporación al ordenamiento jurídico de la ley 797 del 2013, el Sistema de Seguridad Social Integral ha evolucionado en una visión proteccionista y solidaria, ahora no solo se cubren las contingencias antes mencionadas, también otorga una pensión especial que integra al Sistema de Seguridad Social a los padres de familia de personas con una minusvalía, para contribuir al mejoramiento en su calidad de vida.

La norma

Los objetivos principales de la pensión especial de vejez para la madre o el padre de hijos con discapacidad según la corte constitucional en sentencia C- 989 de 2006 son:

“Tal beneficio especial, se otorga con el fin de que la madre o el padre de un hijo con un grado alto de vulnerabilidad, pueda compensar mediante el cuidado personal sus insuficiencias y colaborarle en el proceso de rehabilitación. Así pues, esta prestación tiende a favorecer a las personas afectadas por una minusvalía, quienes dentro del sistema jurídico colombiano merecen una especial protección conforme lo ordenan las disposiciones constitucionales”.

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