Las quejas se pueden formular en la Defensoría del Paciente

Reclamaciones de pacientes merecen respuesta oportuna y no el paseo del trámite

martes 18 de febrero, 2020

Por Jaime Sierra Delgadillo
exdefensor del paciente de Cali
Correo: jaimesierra7@gmail.com

Los pacientes y sus familias merecen el mayor respeto, cuando realizan alguna reclamación o queja por la prestación de servicios médicos, pues lo que está de por medio es la salud y la vida; ante esto, merecen una respuesta oportuna y eficaz; merecen re-solución de fondo. No se justifica la práctica que se viene dando, en especial con algunas EPS, de someter al paciente al paseo del trámite, bamboleándolo de un lado a otro.

En Cali las quejas se pueden formular en la Defensoría del Paciente que funciona en la Secretaría de Salud Municipal, la Personería Municipal, la Defensoría del Pueblo o la Supersalud; a su vez, judicialmente puede recurrir a la acción de tutela; no es justo que la persona que busca amparo del Estado por la vulneración a los derechos de los enfermos, sea sometida al paseo del trámite y la pongan a circular de oficina en oficina, sin solución al problema; muchas personas denuncian, que ante la queja, en algunas de estas oficinas, les dicen que deben recurrir a los “entes jurídicos”; vaya respuesta tan abstracta y genérica, por lo demás irrespetuosa. Cuando ellos mismos son entes jurídicos.

El principio de la legítima confianza con relación al Estado debe prevalecer como una obligación de los funcionarios públicos; usando las herramientas disponibles para resolver el requerimiento del paciente; más aún, si se trata de personas protegidas con sentencia de tutela, toda vez, que los jueces, tienen la potestad de aplicar arresto y multa, para quien no se allane a cumplir con un fallo de tutela por la salud y la vida; la entidad que reciba la queja está en la imperiosa obligación de actuar, de no hacerlo, está omitiendo sus funciones, lo cual puede dar lugar a investigaciones de ley, e incluso, pueden incurrir en la omisión de socorro, sancionable penalmente.

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