Superfinanciera advierte captación ilegal

    miércoles 12 de septiembre, 2012

    La Superintendencia Financiera de Colombia ha evidenciado un aumento significativo en el número de ofertas públicas de acciones efectuadas por diferentes sociedades sin contar con la previa autorización de esta Entidad, lo que implica una captación ilegal de recursos públicos.

    La revisión previa por parte de la Superfinanciera es la forma en la que el Estado protege esta clase de inversiones, razón por la cual se hace un llamado a los inversionistas y al público en general para que en el momento de participar en este tipo de operaciones verifiquen si la oferta pública de acciones cuenta con dicho permiso.

    Al no estar sometidas a la inspección y control de la Superintendencia Financiera de Colombia, no están autorizadas para captar recursos del público en forma masiva y habitual bajo ninguna modalidad.

    Con la debida autorización de la Superintendencia Financiera, los inversionistas tienen garantizado el acceso a información clara y suficiente, elementos fundamentales en el momento de tomar decisiones, entre otros.

    Se recomienda al público constatar previamente la veracidad de la información que suministran firmas que aseguran ser establecimientos financieros y, tal como lo ha hecho en otras oportunidades, la Superfinanciera reitera nuevamente que las únicas entidades sometidas a su vigilancia son las que ha autorizado para funcionar previa acreditación de los requisitos exigidos en la ley, las cuales se pueden consultar en nuestra página Web enlace entidades supervisadas.

    Se recomienda al público constatar previamente la veracidad de la información que suministran firmas que aseguran ser establecimientos financieros y, tal como lo ha hecho en otras oportunidades, la Superfinanciera reitera nuevamente que las únicas entidades sometidas a su vigilancia son las que ha autorizado para funcionar previa acreditación de los requisitos exigidos en la ley, las cuales se pueden consultar en nuestra página Web enlace entidades supervisadas.

    Vale la pena recordar que una oferta pública se presenta en los siguientes eventos:
    • Cuando la oferta se dirija a personas no determinadas o a cien o más personas determinadas, con el fin de suscribir, enajenar o adquirir documentos emitidos en serie o en masa, que otorguen a sus titulares derechos de crédito, de participación y de tradición o representativos de mercancías.

    •Cuando la oferta de acciones o de bonos convertibles en acciones se dirija a más de quinientos accionistas.

    • Cuando la oferta de acciones o de bonos convertibles en acciones se dirija a menos de quinientos accionistas y a personas no determinadas o a cien o más personas determinadas.

    • Aquella en la cual sus destinatarios se vayan a determinar con base en una labor de pre mercadeo realizada entre personas no determinadas o cien o más personas determinadas.

    • Las ofertas para participar como accionista en una sociedad que se encuentre en proceso de constitución y que se dirija a personas indeterminadas o a cien o más personas determinadas.

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