Es necesario hacer un trámite de negociación
Vea los beneficios del estado de insolvencia
Por Juan David Galindo Montoya
Estudiante Consultorio Jurídico
Fundación Universitaria Católica Lumen Gentium
A la pregunta: ¿Sabía usted que declararse en estado de insolvencia puede ser una herramienta para proteger su patrimonio? Vale la pena explicar que la insolvencia supone la incapacidad de una persona para cumplir con las obligaciones financieras contraídas, bien sea porque sus activos no sean suficientes para pagar los pasivos o simplemente los ingresos que obtiene el deudor no son suficientes para cubrir los gastos.
En virtud de esta situación, en Colombia la ley 1564 de 2012 incorporó en su articulado el régimen de insolvencia para personas naturales que no tienen la calidad de comerciante, régimen que se constituye como un mecanismo de negociación integral de deudas realizado con todos los acreedores, en aras de normalizar las relaciones crediticias de manera ágil y efectiva.
Es menester tener en cuenta que para acceder a este tipo de procedimientos, la ley hace mención de una serie de causales que son: tener la calidad de persona natural NO comerciante y, encontrarse en cesación de pagos, incumpliendo una pluralidad de obligaciones en favor de dos (2) o más acreedores por más de (90) días o en su defecto, tener dos (2) o más procesos ejecutivos en su contra.
Pero, ¿Qué debe contener la solicitud del trámite de negociación de deudas?
Lo primero que debe tener en cuenta el deudor es que es de suma importancia cumplir a cabalidad con los supuestos anteriores para la ejecución del trámite de negociación de deudas. Ahora bien, para la realización de la solicitud el deudor deberá presentar:
1. El informe donde se indique con claridad los motivos que lo llevaron a estar inmerso en una cesación de pagos.
2. Una propuesta de negociación que debe contener 3 características a saber: (Clara – Expresa-Objetiva).
3. Una relación detallada y actualizada de los acreedores (nombre, domicilio y dirección de cada uno de ellos, dirección de correo electrónico, cuantía, diferenciando capital e intereses, y naturaleza de los créditos, tasas de interés, documentos en que consten, fecha de otorgamiento del crédito y vencimiento, nombre, domicilio y dirección de la oficina o lugar de habitación de los codeudores, fiadores o avalistas).
En este punto, es indispensable respetar el orden de prelación de créditos, es decir, acatar el conjunto de reglas que determinan el orden y la forma en que deben pagarse cada uno de las obligaciones
4. Relación detallada y actualizada de los bienes del deudor.
5. Relacionar los procesos judiciales adelantados por el deudor o que cursen contra él. Deberá indicarse el juzgado y el estado actual del proceso.
6. Certificación de los ingresos del deudor.
7. Indicar las obligaciones alimentarias a cargo del deudor.
8. Información relativa a la existencia o no de sociedad conyugal o patrimonial vigente.
9. Monto al que ascienden los recursos disponibles para el pago de las obligaciones contraídas, descontando los gastos que se entiende son necesarios para la subsistencia del deudor y de las personas que se encuentran bajo su cuidado.
Beneficios
El trámite de negociación de deudas, además de permitirle la negociación integral con todos los acreedores de una manera ágil y efectiva, permite que una vez sea admitido el trámite de insolvencia NO puedan iniciarse nuevos procesos, suspende los que se encuentren en curso y NO permite la suspensión de la prestación de los servicios públicos.
Nota
Finalmente, es importante tener en cuenta que para acogerse a la ley de insolvencia para personas No comerciantes, los deudores pueden acudir ante cualquier centro de conciliación expresamente autorizados por el Ministerio de justicia y del Derecho y/o en su defecto hacerlo ante las notarías, en el lugar de domicilio del deudor.