Está autorizado el uso de propaganda en vehículos particulares
Normas para publicidad electoral
La Subdirección de Ordenamiento Urbanístico definió los sitios en los que se podrá instalar la publiciada política con miras a la contienda electoral de octrubre próximo.
Según María Virginia Borrero, subdirectora de esta dependencia solo se “autorizará la propaganda electoral en las vallas con registro vigente entregado por Planeación Municipal y está completamente prohibida el uso de las vallas o pantallas electrónicas”.
En las vallas el tamaño máximo es el de 48 m2 y el mínimo es de 8 m2. Igualmente, se permite la entrega de volantes o plegables exceptuando los sitios históricos, puentes peatonales, centros educativos y deportivos, así como tampoco se podrá utilizar como sitio de entrega las entidades de la fuerza pública.
Borrero Garrido informó que también está autorizado el uso de propaganda de candidatos en los vehículos particulares, tipo adhesivo microperforado que cumpla con lo estipulado en las normas.
Prohibiciones
No se podrá utilizar propaganda en parques, plazoletas, zonas verdes, escenarios deportivos, bulevares, rampas para discapacitados, puentes vehiculares, esquinas, ciclovías, túneles, especies arbóreos, zonas azules, glorietas o postes de servicios públicos, así como la infraestructura de redes.