Para el cobro de servicios

A partir de agosto comienzan a emitirse documentos electrónicos

Foto: Pixabay
sábado 27 de julio, 2024

Desde el próximo 1 de agosto muchos recibos a los que estamos acostumbrados a recibir ya no serán emitidos sino de manera electrónica, lo que implica un avance en la modernización, transparencia y facilitación de las transacciones en el país.

La medida ayuda además, a proteger el medio ambiente.

Como se recordará, mediante resolución emitida a comienzos de año, la Dian determinó la migración de algunos de los cobros hacia los documentos electrónicos.

La medida cobija a empresas públicas como las de servicios, como también las privadas.
Además busca evitar la evasión de impuestos y que los clientes o usuarios reciban Documentos Equivalentes Electrónicos con Sistema POS, para el cobro de un servicio.

Según la Dian, deberán pasar a formato electrónico las facturas de servicios públicos domiciliarios, los tiquetes de transporte de pasajeros, y también los de espectáculos públicos y los extractos bancarios.

Los plazos

Para avanzar en este proceso de digitalización, la Dian dispuso unos plazos que dan inicio este 1 de agosto.

Es así como el 1 de agosto de 2024 se deberá entregar de manera digitalizada el extracto de servicios públicos domiciliarios, así como los tiquetes de pasajeros de los buses intermunicipales.
Se exceptúa de este trámite el cobro de los pasajes de buses urbanos.

Por otra parte, para el 1 de septiembre de 2024 se deberán emitir de manera digital los tiquete de transporte aéreo de pasajeros.

Así mismo, se incluyen a partir de esa fecha la boleta, fracción, formulario, cartón, billete o instrumento en juegos de suerte y azar diferentes a los juegos localizados; y el documento en juegos localizados.

El 1 de octubre de 2024 deberán pasar a este formato el recibo del cobro de peajes, el comprobante de liquidación de operaciones expedido por la Bolsa de Valores y el documento de operaciones de la bolsa agropecuaria y de otros commodities.

Y el 1 de noviembre de 2024 se deberá entregar electrónicamente la boleta de ingreso a espectáculos públicos, como el cine, teatro y otros espectáculos públicos.

Para estos procedimientos el vendedor debe solicitarle al usuario el nombre o razón social, número de cédula o NIT y correo electrónico.

Comments

Otras Noticias