Decreto 1138 del 2025

Ya es oficial: Gobierno aprueba venta de cannabis medicinal en farmacias en Colombia

Foto: Freepik
jueves 30 de octubre, 2025

El cannabis medicinal en Colombia ya no será exclusivo de laboratorios y hospitales. Con la expedición del Decreto 1138 del 2025, el Gobierno nacional autoriza por primera vez la venta de productos de cannabis con fines médicos directamente en farmacias del país.

El nuevo decreto modifica el Decreto 780 de 2016 y habilita la flor de cannabis como producto terminado, siempre que su uso esté destinado exclusivamente a tratamientos médicos o veterinarios.

Es decir, no se trata de una legalización del consumo recreativo, sino de una apuesta por el uso controlado y terapéutico del cannabis.

Para poder ser comercializados en farmacias, estos productos deben contar con certificación sanitaria del Invima o el ICA, según sea el caso.

De igual forma, deben ser elaborados en establecimientos farmacéuticos autorizados y bajo la supervisión de un químico farmacéutico.

Esta regulación se extiende también a las fórmulas magistrales, es decir, medicamentos preparados a la medida del paciente con derivados de cannabis.

Durante los próximos cinco meses, los ministerios de Justicia, Agricultura y Salud deberán expedir la reglamentación técnica que habilite formalmente la flor de cannabis como producto terminado.

En paralelo, el Invima desarrollará una guía de inspección para asegurar el cumplimiento de buenas prácticas de elaboración.

Impulso a cultivadores y microempresas

Uno de los pilares del decreto es su enfoque en fortalecer la producción nacional. Durante los próximos dos años, solo podrán comercializar flor de cannabis los pequeños y medianos cultivadores registrados como microempresas ante la Cámara de Comercio.

Esta medida busca que el beneficio económico de esta nueva etapa de la industria del cannabis se concentre en actores locales, y no en grandes compañías.

Además, se habilitarán trámites simplificados para que los pequeños productores puedan acceder a licencias de cultivo de cannabis psicoactivo y no psicoactivo.

Esta estrategia, articulada con los ministerios de Comercio y Agricultura, apunta a dinamizar la economía regional y garantizar la trazabilidad del producto desde su origen hasta el consumidor final.

La comercialización estará sujeta a controles estrictos: cualquier producto con alto contenido de tetrahidrocannabinol (THC) será clasificado como medicamento de control especial.

Solo podrán adquirirse con prescripción médica, y no se permitirá su uso en presentaciones inyectables en el caso veterinario.


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