¿Al fin que, son o no son?

François R. Cavard M.

Lo avillanado del acuerdo suscrito entre Juan Manuel Santos y las narcoterroristas farc, el hecho de no haber sido apoyado por el 87% de los colombianos con capacidad de voto, y que tan solo han entregado menos de 150 menores de edad de los más de 15,000 que han reclutado son nimiedades que pasan a un segundo plano gracias al contundente hecho jurídico puesto en evidencia durante la presentación de la relación de bienes con los que debe repararse a las víctimas: Desde el punto de vista jurídico, ellos no han tenido, ni tienen, capacidad legal para obligarse.

El Artículo 1502 del Código Civil Colombiano claramente establece los requisitos necesarios para que una persona pueda obligarse a otra por un acto o declaración de voluntad. Entre los requisitos para obligarse, el primero es “Que sea legalmente capaz.” Pues bien, resulta que en la rueda de prensa que dieran estos asesinos para presentar una ofensiva, incompleta, difusa e inútil relación de bienes, al momento de ser cuestionados por la poca claridad de la información proporcionada con respecto a la identificación de los bienes inmuebles, el autorizado vocero de esa organización narcoterrorista respondió diciendo, palabras más, palabras menos, que por no ser ellos una persona jurídica con capacidad legal, pues es apenas obvio que no tendrían nada de lo criminal e ilegalmente obtenido a su nombre…

Entonces cabe preguntarse: ¿Tuvieron capacidad legal para firmar ese acuerdo, tienen capacidad legal para recibir los beneficios que se ha antojado a Juan Manuel Santos Calderón ofrecerles, pero no tienen capacidad legal cuando de cumplir con sus obligaciones respecta? Al fin qué, ¿son o no son capaces de obligarse? No, jurídicamente no existen, lo que son es una pesadilla.

Comments

    viernes 1 de septiembre, 2017

    Otras Noticias