La pensión en el PND: Traslado Express
El PND en su articulado, sin duda bajo el entendido de la necesidad de una reforma pensional de carácter urgente, trae ciertas modificaciones que, a mi modo de ver, podrían alivianar la difícil situación de nuestro sistema de seguridad social, pero que bajo ninguna circunstancia podría reemplazar la reforma que debe hacerse en los próximos meses.
Para lograr el sostenimiento del sistema, se necesita medidas que, más que proteccionistas, garanticen continuidad y cobertura. Por ello, antes que pensar en permitir un traslado express a los colombianos que le faltase 10 años o menos para cumplir la edad de pensión, se debería establecer medidas que garanticen el goce efectivo del derecho a elegir el régimen bajo el cual se quieren pensionar los colombianos.
¿Qué pasa hoy en Colombia? Los fondos privados, en la mayoría de los casos, omiten informarle al usuario próximo a cumplir la edad de pensión, los beneficios y desventajas que obtendrían cambiándose a Colpensiones o quedándose en el fondo privado, permitiendo que el usuario llegue a faltarle 10 años o menos y no hayan decidido qué les conviene.
La solución debe enfocarse entonces en exigirle al fondo privado informar al usuario, cuando le faltaren 11 años para cumplir la edad de pensión, un estimado de cuánto sería su pensión en ambos fondos, para que el usuario pueda decidir libremente bajo qué régimen se quiere pensionar.
Su incumplimiento debería ser castigado con una sanción economía al fondo pensional y la posibilidad del usuario afectado de cambiarse en cualquier momento.
Debemos entender que permitir un traslado express sin condiciones, implicaría un costo para Colpensiones que, a la larga, terminarían poniendo en riesgo la sostenibilidad del sistema, por eso debemos buscar medidas de sostenibilidad y no proteccionistas.