Minería suburbana

Alberto Ramos Garbiras

La minería suburbana es incompatible con la estabilidad de las ciudades, porque una ciudad es un sistema artificial creado para congregar habitantes que por múltiples razones buscan nuclearse en un centro urbano y necesitan del paisaje, calidad de vida y entorno saludable.

La minería, así sea lícita, con licencias y controlada, de cualquier clase, debe hacerse lejos de las ciudades para no perturbar la huella ecológica, no contaminar el aire, evitar el polvillo de las tolvas, y no interferir en la prestación de los servicios públicos.

Un caso aberrante es el de la explotación del cerro rico en Potosí (Bolivia), el gobierno no ha podido suprimir una explotación intensa, 17 cooperativas de mineros trabajan diariamente de manera desbordada conllevando al hundimiento de la misma montaña y a las afectaciones en la salud  de la población.

Cali presenta a sus alrededores montañas intervenidas y parecen ante la vista como peladeros desoladores que descomponen el paisaje por la minería. La explotación minera en los altos de Normandía, en los cerros detrás de Chipichape y en los alrededores de Terrón Colorado es una muestra. Zonas despradizadas, con cráteres que impactan el paisaje y el ambiente, siendo este un derecho colectivo según el artículo 88 de la Constitución Nacional.

Le corresponde al Dagma y a la CVC actuar cada uno dentro de su órbita para conformar el Sina y hacer respetar el medio ambiente, porque se trata de zonas suburbanas de confluencia y corresponsabilidad  donde delimitar funciones  no es excusa, deben interactuar para hacer valer los principios generales de la constitución y las leyes 99 de 1993 y 1523 del año 2012, hacer valer los principios de protección, autoconservación, interés público, precaución sostenibilidad ambiental, gradualidad, coordinación  concurrencia y subsidiariedad.

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    lunes 13 de julio, 2015

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