Pregunta suelta

François R. Cavard M.

Para desgracia de las farc y de su gobierno de transición, el artículo 18 de nuestra aún vigente Constitución Política considera como Derecho Fundamental la libertad de conciencia y además de garantizarla, establece que “… Nadie será molestado por razón de sus convicciones o creencias ni compelido a revelarlas ni obligado a actuar contra su conciencia.”

Adicionalmente, un aparte de la Sentencia T-603/12 (Corte Constitucional – Acción de Tutela) establece que “… el Estado, en respeto al ejercicio del derecho a la libertad de conciencia, se abstenga de inculcar o proscribir una determinada convicción política.

Igualmente, a esto se le suma que el poder constituido no pueda iniciar persecución o sanciones en razón a las convicciones de las personas y que de hecho – al ser consideradas parte del pluralismo – deba promoverlas, salvo que sus manifestaciones resulten ilegales, caso en el cual no perseguiría las ideas en sí mismas consideradas, sino la manera como ellas son exteriorizadas, por ejemplo, si se muestran de manera violenta.”

La pregunta es: Considerando, primero, que ese acuerdo suscrito entre el gobernante de transición y su grupo político criminal pedófilo es resultado de una convicción política de ideología comunista; considerando, segundo, que esa claudicación de la institucionalidad al narcoterrorismo es ilegal por cuanto no fue apoyada por el 82% de los colombianos con capacidad de voto; y considerando, tercero, que los miembros de nuestras gloriosas Fuerzas Armadas están cobijados por el Derecho Fundamental a la libertad de conciencia, ¿por qué carajos no lo ejercen negándose a proteger y a acompañar a quienes durante décadas cobardemente nos han masacrado, asesinado, mutilado, secuestrado, herido, y ahora quieren humillarnos? Se entendería si lo hacen, tiene lógica, no constituye violencia, y además no es ilegal.

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    viernes 6 de octubre, 2017

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