¿Consultas ilimitadas?
Si este mecanismo no se reglamenta, puede frenar el desarrollo nacional.
Las consultas previas, que son los mecanismos a través de los cuales las comunidades étnicas tienen derecho a participar en la formulación, aplicación y evaluación de proyectos que se ejecuten en sus territorios, deben ser reglamentadas con urgencia.
Este mecanismo, implementado en Colombia desde 1991 y considerado por la Corte Constitucional como derecho fundamental, se está convirtiendo en un freno al desarrollo, razón por la que se deben establecer unas condiciones lógicas para su aplicación. Esto quiere decir que se debe buscar un punto de equilibrio entre los derechos de las comunidades y el interés general.
Lo uno no tiene por qué excluir lo otro, pero lo cierto es que, como se entienden en la actualidad, las consultas previas privilegian a las comunidades étnicas, frenando en muchas ocasiones proyectos que beneficiarían a grandes poblaciones.
Algo así ocurrió con el proyecto que buscaba construir una segunda línea de energía para Buenaventura: Epsa desistió de la obra ante imposibilidad de llegar a un acuerdo con una comunidad asentada de manera irregular sobre el trazado de las redes. Eran tales las pretensiones, que el proyecto, que buscaba garantizar el fluído eléctrico permanente a los 500 mil habitantes del puerto, se volvió inviable.
Si bien debe haber compensaciones claras para las comunidades asentadas en el área de desarrollo de un proyecto, las pretensiones no pueden ser ilimitadas ni ser el único factor determinante; el beneficio para otros, en el caso de proyectos de infraestructura, o el impacto en la economía nacional, en el caso de los minero energéticos, también deben pesar. Por eso es necesario que la reglamentación establezca unos términos razonables, un equilibrio entre las comunidades, lo ambiental y el interés general, antes de que el país aumente su rezago en materia de competitividad por cuenta de la mala aplicación de este mecanismo.