¿Quintero ya no puede ser candidato?
Esta es la duda que ronda al exalcalde de Medellín después de su retiro de la consulta presidencial del 26 de octubre…
Aunque Quintero dejó claro que su campaña sigue, hay expertos en derecho electoral que consideran que su decisión lo dejó inhabilitado para inscribirse como candidato presidencial con otro aval.
El exalcalde sostiene que aún puede participar en la consulta del Frente amplio, que se realizará el 8 de marzo, o en la primera vuelta, el 31 de mayo:
“Dado que la consulta ahora es entre tres partidos: el Polo, Comunistas y la UP, a los que no estoy afiliado, y que nunca autoricé participar en una consulta de ninguno de estos tres partidos, quedo en libertad para aspirar en Marzo o en Mayo del próximo año en las elecciones Presidenciales”, escribió Daniel Quintero en su cuenta de la red social X.
Sin embargo, la directora de la Misión de Observación Electoral, MOE, Alejandra Barrios, sostiene que, a la luz de la Ley 1475 de 2011, un precandidato que se inscribe para participar en una consulta y luego se retira, debe respetar la decisión que se tome en este proceso.
El artículo 7 de esta ley establece que “El resultado de las consultas será obligatorio para el partido, movimiento, grupo significativo de ciudadanos o coalición, que las hubiere convocado, así como para los precandidatos que hubieren participado en ellas. Se entiende que un precandidato ha participado en una consulta cuando su inscripción ha quedado en firme de conformidad con las disposiciones establecidas por los partidos y movimientos que las convocan. Quienes hubieren participado como precandidatos quedarán inhabilitados para inscribirse como candidatos en cualquier circunscripción dentro del mismo proceso electoral”…
Ante esto, Quintero argumenta lo siguiente: “nuestra voluntad al inscribirnos fue participar en una consulta interna y partidista del Pacto Histórico para poder ir a Marzo. Esa consulta ya no existe, cambiaron las reglas a mitad de camino, ahora es una consulta interpartidista, anularon el logo del Pacto y no se puede ir a Marzo”.
Lo cierto es que el retiro del exalcalde de la consulta se dio por fuera de los tiempos determinados en el calendario electoral para ello y, además, su foto y su nombre aparecerán en el tarjetón.
La misma ley 1475 establece cobros para los partidos y candidatos que se retiran de las consultas cuando la organización electoral ya ha incurrido en gastos para el proceso…
Por ahora, una tesis y la otra, son interpretaciones de la ley. La última palabra la tendrá el Consejo Nacional Electoral que, al momento en que Quintero se inscriba como precandidato en otra consulta o como candidato para la primera vuelta, tendrá que determinar si se puede o no se puede.
¿Será que Daniel Quintero se pegó un tiro en el pie?