Alcaldía de Cartago restringe circulación de motosS
La Secretaría de Gobierno, Convivencia Ciudadana y Desarrollo Social del municipio de Cartago, dio a conocer el Decreto Municipal No. 000042 del 01 de Julio de 2013, “en el cual se dictan unas normas transitorias para la conservación del Orden Público en el municipio de Cartago, Valle del Cauca”.
En su primer artículo la medida prohíbe en la zona urbana y rural del Municipio de Cartago Valle del Cauca, la circulación o tránsito de motocicletas de cualquier tipo de cilindraje con pasajero de sexo masculino (hombre) mayor de doce (12) años, TODOS LOS DÍAS, LAS VEINTICUATRO (24) HORAS, por un periodo de duración de noventa (90) días calendario, a partir desde el primero (1°) de Julio de 2013 hasta el veintiocho (28) de septiembre de 2013.
Según el segundo artículo, durante el mismo periodo en la zona urbana y rural se prohíbe la circulación o tránsito de motocicletas de cualquier tipo de cilindraje, TODOS LOS DÍAS, en el horario de once de la noche (11:00 p.m.) hasta las cinco de la mañana (05:00 a.m.) del día siguiente.
El Decreto en su artículo tercero, prohíbe en la zona urbana y rural de Cartago el estacionamiento o permanencia de motocicletas, en vías y zonas públicas donde se encuentren establecimientos comerciales que expendan y consuman bebidas alcohólicas, en el horario y los días establecidos en el artículo anterior.