Los interesados pueden acercarse a los centros de atención

Conozca los requisitos para acceder al plan de financiación de Emcali

domingo 8 de agosto, 2021

Los usuarios y comerciantes que se encuentren con mora en el pago de las facturas de servicios públicos domiciliarios, tienen a disposición un plan especial de financiación diseñado por Empresas Municipales de Cali (Emcali) con intereses mínimos y plazos amplios.

De acuerdo con su gerente General, Juan Diego Flórez, el objetivo de este plan, que estará vigente hasta el 27 de agosto y contempla plazos de hasta 120 meses y cero interés, para los estratos 1 y 2, y 36 meses para estratos industrial y comercial, tiene un doble efecto.

“El primero es que los usuarios, al firmar el acuerdo, tengan garantía de la continuidad en la prestación del servicio y normalizar su relación comercial con la empresa y el segundo, que Emcali pueda contar con los ingresos y recursos suficientes para su operación”, dijo Flórez.



El plan de financiación, que aplica para los usuarios de Acueducto y Alcantarillado, Energía y Telecomunicaciones, contempla plazos de hasta 120 meses con cero interés para estratos 1 y 2; hasta 48 meses, con 3% de interés efectivo anual, para estratos 3 y 4; hasta 36 meses, con interés del 6% efectivo anual, para estratos 5, 6 y Comercial, especial e industrial con consumos menores a 1000 kilovatios hora mes y 250 metros cúbicos.

Para el sector comercial, especial e industrial con consumos superiores a mil kilovatios hora mes y 250 metros cúbicos se otorgará plazo de hasta 36 meses con intereses del 9% efectivo anual.

En ninguno de los casos se exigirá el pago de cuota inicial y se concederá un rebaja de hasta el 100 por ciento en los recargos por mora.

Requisitos

En el sector residencial, las personas naturales que sean propietarias solo deberán presentar la cédula de ciudadanía, para todos los servicios. Entre tanto, los arrendatarios deberán presentar cédula de ciudadanía, autorización del propietario especificando las condiciones del acuerdo y copia de su documento de identidad.

Cuando se trate de personas poseedoras sin título en estratos 1, 2 o asentamiento humano de desarrollo incompleto, además del documento de identidad, deberán presentar fotocopia de la promesa de compraventa autenticada en notaría, declaración extra juicio donde conste la posesión o fotocopia de la escritura de protocolización.

En el caso de personas jurídicas se debe presentar fotocopia de la cédula del representante legal y documento de autorización de la empresa para suscribir el convenio. Cuando la persona jurídica es arrendataria del predio, deberá presentar, además, autorización del propietario y copia de su documento de identidad.

El plan de alivios amplía de cinco a siete días, después de la suscripción del acuerdo, el plazo para que el usuario que lo desee pague una cuota inicial.

Comments

Otras Noticias