Cali, febrero 5 de 2025. Actualizado: miércoles, febrero 5, 2025 16:23
Se eliminan las restricciones de comercialización
Colombianos podrán elegir qué aguardiente tomar en cualquier parte del país
La Sala Plena de la Corte Constitucional dejó sin efecto el artículo 28 de la Ley 1816 de 2016, que permitía a los departamentos restringir la comercialización de licores para proteger la producción local. Con esta decisión, los colombianos podrán elegir qué aguardiente tomar en cualquier parte del país sin limitaciones impuestas por las administraciones departamentales.
Libre competencia y mayor oferta para los consumidores
Según el alto tribunal, la decisión busca garantizar la libre competencia y la libertad de elección de los consumidores. Hasta ahora, algunos departamentos podían suspender los permisos de introducción de licores fabricados en otras regiones, limitando la oferta disponible para los ciudadanos.
La Corte explicó que esta facultad otorgada a los gobernadores era inconstitucional, pues restringía la libre competencia y promovía monopolios rentísticos que vulneraban la libertad económica de los colombianos.
Impacto en la industria licorera y los departamentos
Con esta decisión, las licoreras podrán distribuir sus productos en todo el país sin restricciones departamentales. Esto podría generar una mayor competitividad en el sector y permitir a los consumidores acceder a una mayor variedad de aguardientes y otros licores.
Por su parte, algunos gobernadores habían advertido que la venta de aguardiente propio representaba una fuente importante de ingresos para sus departamentos.
Ahora, con un mercado más abierto, los consumidores serán los principales beneficiados, al poder elegir libremente qué aguardiente consumir sin restricciones impuestas por las administraciones locales.