Cali, enero 4 de 2025. Actualizado: sábado, enero 4, 2025 01:29
Permitirá agilizar trámites
Gobierno sancionó Ley que permite el divorcio unilateral
La Ley que permite el llamado “divorcio ágil” o divorcio unilateral fue sancionada por el presidente Gustavo Petro.
Con esta nueva norma, la voluntad de una de las partes es causal suficiente para el divorcio.
Dicha Ley permitirá a los cónyuges divorciarse por la sola manifestación de voluntad de uno de ellos modificando el Código Civil colombiano e introduciendo esta nueva causal.
La nueva legislación establece que una de las partes podrá solicitar el divorcio sin necesidad de que la otra parte esté de acuerdo o haya causado el conflicto que originó la solicitud, lo que significa que ya no será necesario probar ninguna otra circunstancia para proceder con la separación.
Así mismo, la Ley establece que el trámite de divorcio podrá realizarse ante notario, siempre y cuando ambas partes estén de acuerdo en realizarlo bajo la causal de divorcio por mutuo acuerdo.
De esta forma, el gobierno busca que se agilicen los procesos judiciales y se facilita el acceso a la disolución del vínculo conyugal.
La norma también regula los efectos del divorcio, incluyendo medidas relacionadas con alimentos y la disolución de uniones maritales de hecho, ofreciendo mayor claridad sobre cómo se resolverán estos aspectos en los casos de divorcio unilateral.
Además, se establece que la demanda podrá ser presentada en cualquier momento, sin que sea necesario que el cónyuge demandado haya incurrido en algún comportamiento que justifique la solicitud de divorcio.
Ya es Ley
La nueva Ley conocida también como “divorcio ágil o libre”, fue sancionada a través del Ministerio de Justicia, por el mandatario y promete transformar el proceso de separación conyugal en Colombia.
La nueva norma modificó el Código Civil colombiano al introducir una causal que permite a los cónyuges divorciarse por la simple manifestación de voluntad de uno de ellos.
Con la aprobación de esta Ley, una de las partes puede solicitar el divorcio sin necesidad de que la otra consienta o haya generado el conflicto que dio origen a la solicitud.
Este cambio implica que ya no será imprescindible demostrar ninguna otra circunstancia para proceder con la separación, facilitando así el acceso a la disolución del vínculo matrimonial.
Adicionalmente, la nueva legislación estableció que el trámite de divorcio podrá llevarse a cabo ante notario, siempre y cuando ambos cónyuges coincidan en optar por la causal de divorcio por mutuo acuerdo.
Esta disposición busca agilizar los procesos judiciales y simplificar el acceso a la disolución del matrimonio, ofreciendo a las parejas una alternativa más rápida y menos conflictiva.
Más regulaciones
La norma también abordó los efectos del divorcio, regulando aspectos como las medidas relacionadas con pensiones alimenticias y la disolución de uniones maritales de hecho.
De este modo, la Ley proporciona mayor claridad sobre cómo se resolverán estos temas en situaciones de divorcio unilateral, lo que puede reducir la incertidumbre legal que enfrentan las partes involucradas.
Por otra parte, se estableció que la demanda de divorcio podrá ser presentada en cualquier momento, eliminando la necesidad de que el cónyuge demandado haya incurrido en conductas que justifiquen la solicitud.
Con la sanción de esta Ley, el Gobierno busca responder a las demandas de la sociedad contemporánea, donde las dinámicas familiares han cambiado y es fundamental garantizar el derecho de las personas a decidir sobre sus relaciones.