Cali, junio 28 de 2025. Actualizado: viernes, junio 27, 2025 22:30
Para mejorar movilidad
Buenaventura anuncia medidas de pico y placa
Con el fin de mejorar la movilidad y reducir la contaminación en el casco urbano de Buenaventura, la Alcaldía Distrital anunció la implementación de medidas de pico y placa.
Mediante dos decretos, la administración puso en marcha el pico y placa para vehículos de servicio particular y transporte público.
Estas disposiciones buscan garantizar la movilidad, seguridad vial y calidad del aire en el distrito, según se indica en los documentos.
Ligia del Carmen Córdoba Martínez, alcaldesa de Buenaventura dijo que son estas medidas de pico y placa la Alcaldía de Buenaventura busca tres objetivos fundamentales: descongestionar las vías de nuestra ciudad, proteger la salud de los bonaverenses al reducir la contaminación ambiental, y sentar las bases para una movilidad más ordenada y sostenible en el largo plazo.
La mandataria indicó que del 1 al 4 de julio de 2025 se aplicarán comparendos pedagógicos y a partir del 7 de julio, sanciones económicas.
Además, explicó que la medida regirá hasta el 31 de diciembre de 2025, con evaluación constante para ajustes necesarios.
Las medidas
Las medidas de pico y placa en la ciudad, quedaron definidas de la siguiente manera:
- Para los vehículos particulares habrá estricción de circulación de lunes a viernes entre las 7:00 de la mañana, hasta las 7:00 de la noche, según el último dígito de la placa.
- Es así como el lunes la medida restringe la circulación para las placas terminadas en 3 y 4; el martes 5 y 6; el miércoles 7 y 8; el jueves 9 y 0; el viernes 1 y 2.
- Los vehículos particulares estarán exentos de la medida los fines de semana y días festivos.
- En cuanto al transporte público, tendrán restricción todos los días de 7:00 de la mañana hasta las 7:00 de la noche, con rotación diaria de dígitos.
- Las medidas contemplan excepciones para los vehículos eléctricos y de cero emisiones, los cuáles quedan exceptuados de dichas restricciones.
- Así mismo, se excluyen las ambulancias, bomberos y organismos de socorro, el transporte escolar y de personas con discapacidad, los vehículos oficiales (fuerzas militares, Policía, Fiscalía), el transporte de alimentos perecederos y carga.
Sanciones
Sobre las sanciones, la Alcaldía informó que los infractores serán multados con quince salarios mínimos diarios legales vigentes (aproximadamente $520 mil), según el artículo 131 de la Ley 769 de 2002, y el vehículo será inmovilizado.
La medida se basa en la Ley 769 de 2002 y la Política Nacional de Movilidad Urbana que promueve un transporte sostenible.
Así mismo, teniendo en cuenta los estudios del Instituto Nacional de Salud que vinculan la contaminación del aire con 15.681 muertes anuales en Colombia.
También por la alerta de la Organización Mundial de la Salud sobre los riesgos de material particulado en la salud.