Cali, mayo 21 de 2025. Actualizado: martes, mayo 20, 2025 23:26

En vigencia nuevo reglamento

España flexibiliza requisitos para extranjeros

España flexibiliza requisitos para extranjeros
Foto: ChatGPT
miércoles 21 de mayo, 2025

Desde este martes, España puso en marcha unos nuevos requisitos para los extranjeros que buscan establecerse legalmente en España.

Ayer entró en vigor en el país europeo el nuevo Reglamento de Extranjería en España Reloex, el cual busca simplificar la vía de regularización de los inmigrantes.

Para muchos colombianos que quieren entrar España, los cambios se presentan como nuevas oportunidades para regularizar su permanencia en ese país ya que flexibiliza accesos a permisos, reduce plazos en trámites migratorios y fomenta que personas insertadas en el país puedan estudiar y trabajar.

Es así como para quienes ya tengan una autorización de residencia vigente no se requieren trámites adicionales, ya que seguirá siendo válida hasta la fecha de vencimiento.

Así mismo, para quienes estén en trámite, sí podrán cobijarse al nuevo Reglamento, lo que podría beneficiarlo o perjudicarlo, dependiendo su estatus y las nuevas condiciones que apliquen a cada persona.

Como se recordará, el nuevo reglamento fue aprobado a finales del año pasado por el Consejo de Ministros y cuenta con el aval del Consejo de Estado.

Los cambios

El documento establece reestructuras en los procedimientos de residencias, regularización y reagrupación familiar para extranjeros.

Según este reglamento, se introducen nuevas figuras como el arraigo de segunda oportunidad, dirigido a quienes ya tienen el permiso de residencia y no lo pudieron renovar y en caso de haber permanecido al menos dos años desde la pérdida del permiso, podrán solicitar la residencia de nuevo. Lo anterior no aplica para solicitantes de asilo.

El Reglamento de Extranjería define el arraigo social que requiere dos años de permanencia en España, vínculos familiares directos y medios económicos suficientes; el arraigo laboral para quienes hayan trabajado en España durante al menos seis meses; el arraigo socioformativo, el cual sustituye al arraigo para la formación, permitiendo incluir estudios en curso como vía para regularizar la situación; el arraigo sociolaboral para personas que hayan trabajado en España en los últimos dos años; el arraigo de segunda oportunidad, dirigido a personas que tuvieron una autorización de residencia en los últimos dos años y no la renovaron.

Uno de los cambios más significativos que introdujo el reglamento es el plazo de estancia exigido para acceder a los permisos de arraigo, pasa de tres a dos años, salvo en el caso del arraigo social, que mantiene la exigencia de tres años, lo que facilitará el trámite de muchos extranjeros para la residencia legal.

En cuanto a los permisos otorgados para extender autorizaciones, tendrán vigencia de un año y luego de la renovación, se amplían a cuatro años más. Además, se amplía el visado de búsqueda de empleo de tres meses a un año, proporcionando más tiempo para encontrar oportunidades laborales adecuadas.

La nueva norma también incluye también cambios en el régimen de estudiantes extranjeros, ya que pasa a considerarse estancia de larga duración con nuevos requisitos.

Entre las más destacadas están que ahora podrán trabajar hasta 30 horas semanales y cursar hasta el 50% de sus estudios de forma online.

Además, se flexibilizan los requisitos económicos, puesto que se les permitirá acceder a una autorización de trabajo al finalizar su formación, facilitando su integración en el mercado laboral español.

Así mismo, los familiares de estudiantes podrán solicitar su residencia desde España, si están en condiciones legales. Se excluyen de esta medida a menores de edad.

Los plazos para resolver las solicitudes serán de dos meses si se presenta en España, un mes si se presenta desde el exterior, quince días hábiles si la presenta directamente por el centro educativo superior.

Con relación a la reagrupación, el reglamento añade nuevos beneficios para los miembros de la familia debido a que se crea la figura de permiso para familiares españoles, que agrupa a familiares directos como a la “familia extensa” que acredite estar a cargo del ciudadano.

La edad máxima para reagrupar hijos se amplía hasta los 26 años, y se permite la reagrupación de parejas no registradas que acrediten una relación estable.

El límite anterior era de 21 años y la solicitud podrá hacerse desde España.


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