Cali, septiembre 15 de 2026. Actualizado: lunes, septiembre 14, 2026 20:57

Más de 54.000 beneficiados

Alivios tributarios en Cali: vea quiénes no tendrán que pagar impuesto Predial tras el terremoto

Alivios tributarios en Cali: vea quiénes no tendrán que pagar impuesto Predial tras el terremoto
Ilustración generada por IA / Diario Occidente
lunes 14 de septiembre, 2026

El Concejo aprobó en segundo debate el Proyecto de Acuerdo 100 de 2026, que establece alivios tributarios en Cali para más de 54.000 predios y familias afectados por el terremoto del 10 de agosto. La medida contempla beneficios en impuestos, intereses moratorios, alumbrado público y plusvalía, además de becas universitarias para jóvenes incluidos en los registros oficiales.

El acuerdo establece una exoneración del 100 % del Impuesto Predial Unificado durante una vigencia para edificaciones colapsadas o con orden de demolición. Cuando el propietario ya pagó el impuesto de 2026, el beneficio se trasladará a la primera vigencia posterior. Asimismo, las nuevas construcciones levantadas sobre predios colapsados tendrán una exoneración total durante cuatro vigencias, que aumentará a cinco cuando el contribuyente pagó completamente 2026.

Los inmuebles declarados no habitables por daños estructurales tendrán un descuento del 50 % en el Predial de 2027. A su vez, los lotes resultantes de un colapso podrán acceder a una exoneración del 100 % hasta por tres vigencias, entre 2027 y 2029, siempre que mantengan su condición de lote sin edificar. El paquete también suspende el cobro del alumbrado público para predios afectados o colapsados durante la calamidad pública.

Comercio y educación

Los alivios tributarios en Cali también abarcan actividades económicas afectadas por el sismo. Comerciantes, talleres y consultorios censados con afectaciones físicas recibirán un descuento del 20 % en el Impuesto de Industria y Comercio, ICA, correspondiente a la vigencia 2027. Además, el acuerdo fija tarifas de ICA de 3 por mil para hospitales y clínicas con internación y de 5 por mil para consulta médica.

En materia educativa, la iniciativa contempla becas de continuidad universitaria financiadas con recursos de ICA. Podrán acceder jóvenes pertenecientes a familias registradas en las bases oficiales RUFE o RUD que perdieron sus viviendas o tuvieron que evacuarlas. Por otra parte, las obras de reconstrucción de edificaciones podrán acceder a una exoneración de la participación en plusvalía durante tres años desde la vigencia del acuerdo.

El componente de cartera incluye la condonación del 100 % de los intereses moratorios del Predial correspondientes a vigencias anteriores a 2026. Los damnificados y evacuados tendrán plazo hasta el 31 de diciembre de 2027 para pagar únicamente el capital adeudado. Para la ciudadanía general, el plazo llegará hasta el 31 de diciembre de 2026. También se aprobaron reducciones graduales de sanciones tributarias durante los últimos meses de 2026.

Aplicación de beneficios

Hacienda Distrital aplicará de oficio los beneficios mediante cruces de información con los censos técnicos suministrados por la Secretaría de Gestión del Riesgo. Estos registros incluyen la Evaluación de Daños y Análisis de Necesidades, EDAN, y reportes fotográficos. La aplicación automática busca evitar trámites adicionales para quienes ya figuren en las bases utilizadas por las entidades distritales.

Sin embargo, cuando un predio no aparezca en los censos iniciales, el propietario podrá presentar una solicitud y adjuntar el peritaje técnico correspondiente. Tampoco será necesario estar a paz y salvo con vigencias anteriores para recibir las exenciones relacionadas con el terremoto. El acuerdo entrará en vigencia desde su publicación oficial y el alcalde contará con tres meses para expedir los decretos operativos entre las secretarías

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