Cali, enero 13 de 2026. Actualizado: martes, enero 13, 2026 16:41
Tras la difusión de un video
¿Incumplió la norma? Movilidad explica si el secretario de Cali puede viajar como parrillero en moto
Una grabación difundida en redes sociales muestra al secretario de Movilidad de Cali, Gustavo Orozco, movilizándose como pasajero en una motocicleta oficial conducida por un agente de tránsito.
La imagen generó controversia entre los usuarios, quienes cuestionaron si el funcionario estaba incumpliendo la restricción que prohíbe el parrillero hombre en la ciudad.
Frente a la polémica, la Secretaría de Movilidad aclaró que la norma vigente contempla excepciones, y respaldó la legalidad del acto con un concepto jurídico que confirma que dicha restricción no aplica para las autoridades de tránsito durante el ejercicio de sus funciones.
El Decreto Distrital 4112.010.20.0061 de 2025 establece la prohibición de movilizarse con acompañante hombre mayor de 14 años en motocicleta en todo el territorio caleño.
Sin embargo, la misma norma contempla excepciones. Según el artículo segundo, esta restricción no aplica para personal que haga parte de las autoridades de tránsito y transporte.
La Secretaría de Movilidad explicó que, al ocupar el cargo de secretario, Gustavo Orozco se encuentra dentro de esta categoría y, por lo tanto, puede movilizarse como acompañante en operativos institucionales, siempre y cuando se respeten ciertos lineamientos de seguridad y se actúe en el marco de las funciones oficiales.
Respuesta jurídica
De acuerdo con el concepto técnico, su rol como segunda autoridad de tránsito después del alcalde lo habilita legalmente para participar en recorridos en motocicleta, siempre en compañía de personal operativo y dentro de actividades institucionales.
Esta interpretación se basa no solo en el decreto distrital, sino también en la Ley 1952 de 2019, que establece los deberes y límites del ejercicio público.
El documento también indica que estos desplazamientos deben planificarse bajo protocolos que incluyan comunicación constante con el equipo en campo, uso correcto de elementos de protección y registro de los operativos realizados.
Estas medidas buscan garantizar la seguridad del funcionario y evitar interpretaciones erróneas de su conducta.
En ese sentido, la Secretaría enfatizó que no se trató de un uso privado del medio de transporte ni de una acción que excediera sus funciones.
Los desplazamientos en motocicleta se realizan como parte de las acciones de control y acompañamiento a operativos, y están enfocados en fortalecer la vigilancia y la movilidad en la ciudad.
La normativa que rige esta excepción también incluye a otros actores como la Fuerza Pública, personal de seguridad privada, organismos de socorro e instructores de escuelas de conducción.
Todos ellos, bajo condiciones específicas, pueden circular con acompañante hombre, lo cual se enmarca en las actividades propias de su labor.

