Cali, junio 12 de 2026. Actualizado: viernes, junio 12, 2026 16:22

En la recta final de la campaña

De la Espriella sí puede decir “Firmes por la Patria” y usar la bandera de Colombia, Corte Suprema suspendió restricciones

De la Espriella sí puede decir “Firmes por la Patria” y usar la bandera de Colombia,  Corte Suprema suspendió restricciones
viernes 12 de junio, 2026

La Corte Suprema de Justicia suspendió provisionalmente las restricciones que obligaban al candidato presidencial Abelardo de la Espriella a retirar de su campaña el lema “Firmes por la Patria”, la bandera de Colombia y otros elementos de identidad política que venía utilizando durante la contienda electoral.

La decisión fue adoptada por la Sala de Casación Laboral al admitir una tutela presentada por De la Espriella y el abogado de su campaña, Germán Calderón España, contra la medida cautelar emitida días atrás por el magistrado Rafael Albeiro Chavarro Poveda, del Tribunal Superior de Bogotá.

La determinación del Tribunal había ordenado retirar de redes sociales, páginas web y publicidad electoral cualquier referencia a símbolos patrios, al lema “Firmes por la Patria” y al saludo militar que caracteriza al candidato y a su fórmula vicepresidencial, José Manuel Restrepo.

Cuestionamientos de la Corte

Al estudiar el caso, la Sala de Casación Laboral consideró que la medida cautelar presentaba deficiencias en su fundamentación jurídica y en la delimitación de su alcance.

Según la Corte Suprema, la providencia no explicó de manera suficiente por qué era necesario ordenar el retiro generalizado de propaganda electoral ni identificó con precisión cuáles piezas concretas estarían incurriendo en una eventual infracción.

En particular, la providencia no examina por qué era necesario ordenar el retiro de toda la propaganda que pudiera encuadrar en categorías formuladas de manera amplia, en lugar de identificar e individualizar las piezas específicas respecto de las cuales advirtió una eventual infracción”, señaló el alto tribunal.

Impacto en la campaña

Para la Corte, el caso tiene especial relevancia debido a que se produce en plena recta final de la campaña presidencial y afecta directamente a uno de los dos candidatos que disputarán la Presidencia de la República en la segunda vuelta.

El presidente de la Sala de Casación Laboral, magistrado Víctor Julio Usme, señaló que una medida de este tipo compromete no solo los derechos políticos del candidato sino las condiciones en que se desarrolla el proceso electoral.

Un asunto que, como este, incide directamente sobre el desarrollo de la propaganda de una de las dos campañas que disputan la Presidencia de la República, a pocos días de la segunda vuelta, compromete así no solo los derechos políticos individuales del accionante, sino las condiciones mismas en que se desenvuelve el proceso electoral”, indicó la providencia.

La Corte también destacó que las restricciones afectaban elementos centrales de la identidad política de la campaña de De la Espriella, candidato que obtuvo el primer lugar en la primera vuelta presidencial del pasado 31 de mayo.

Otra tutela llegó a la misma conclusión

La suspensión de las restricciones no provino únicamente de la Sala de Casación Laboral.

La magistrada Marjorie Zúñiga, de la Sala Laboral, admitió otra tutela y también dejó sin efectos provisionales las medidas ordenadas por el Tribunal Superior de Bogotá mientras se estudia el fondo del asunto.

Según la decisión, la restricción podría afectar la equidad entre las campañas presidenciales y generar incertidumbre sobre el alcance de las prohibiciones.

La controversia tiene origen en una denuncia presentada ante el Consejo Nacional Electoral por el abogado Dylan Lizarazo Ramos, quien cuestionó desde 2025 el uso de símbolos patrios dentro de la campaña presidencial de De la Espriella.

Sin embargo, la investigación administrativa en el Consejo Nacional Electoral continúa sin una decisión definitiva, mientras avanzan las acciones judiciales que buscan determinar si el uso de esos elementos constituye o no una vulneración a las normas electorales.


De la Espriella sí puede decir “Firmes por la Patria” y usar la bandera de Colombia,  Corte Suprema suspendió restricciones

Comments

ads_top
Powered by Sindyk Content
Arriba