Cali, abril 3 de 2025. Actualizado: jueves, abril 3, 2025 13:39
El Catatumbo y el derecho de excepción como instrumento de defensa.
El Catatumbo, la deshumanización del conflicto y la desideologización de los actores armados. Lo sucedido en El Catatumbo llevó a una guerra atípica local. Dos guerrillas enfrentadas disputándose el territorio con corredores cocaleros fronterizos hacia Venezuela. No es una guerra civil , no es subversión, no es un camino a la revolución, ni un enfrentamiento de frentes armados contra el Estado. Es el culmen de la descomposición de las guerrillas para sabotear La Paz Total (no debió llamase así), porque La Paz en Colombia , cuando se ha firmado, siempre ha sido parcial y temporal . Al contrario de lo que aspiró Kant, en su libro La Paz perpetua, en Colombia hemos tenido guerra perpetua. El Catatumbo ( 11 municipios del departamento Norte de Santander) y zonas aledañas, llevan más de 55 años con una violencia irrefrenada, abandonado por los gobiernos sucesivos; y hacia atrás desde los años 50s con desplazamientos y masacres; hoy con más de 28.000 hectáreas sembradas con coca , esos fueron los dominios que le quedaron al E.P.L. que los ocupó desde mediados de los años 70s, y siguieron allí después de expedida la Constitución de 1991. En esta década, el Catatumbo fue plagado por los paramilitares de varios pelambres que recrudecieron los ataques contrainsurgentes.
Camilo Torres debe estar revolcándose en su tumba porque la inspiración del ELN en la ideología de los curas derivados de la corriente Golconda, la desconocen los viejos líderes de hoy y la guerrillerada joven, tampoco lo saben. Pero también se debe extrañar Camilo Torres porque su sobrino Juan Manuel Santos, sale a medios diciendo que no procede la conmoción interior porque lo que sucede el Catatumbo , no son hechos sobrevinientes , quiere decir que son rutinarios y se pueden manejar con las fuerzas armadas y su jefe el presidente de la República . Cómo va a verse normal la lucha entre dos guerrillas y el ataque de una de ellas, el ELN atacando a los civiles, a sus líderes sociales, a los firmantes desmovilizados de las FARC, y desplazando masivamente a la población, violando el Derecho Internacional Humanitario, como algo rutinario. Esta afirmación de Santos es darle munición a la Corte Constitucional , para declarar inexequible el estado de excepción de conmoción interior, una Alta Corte que también se ha comportado como un partido político judicial de derecha.
El Catatumbo, un territorio biodiverso y abundante en recursos naturales, siempre ha vivido en medio de la zozobra como zona fronteriza con Venezuela y haber sido objeto de colonización desordenada, de tierras acaparadas, apropiadas a la fuerza por los despojadores contra los colonos asentados, por actores armados que se aprovechan de campesinos indefensos, y por ser un bastión de cultivos de coca que alimentan los bolsillos de traficantes y plataforma de exportación de la hierba maldita que, debería ser declarada lícita para terminar con todos los frentes de violencia y volverla un asunto de sanidad pública. Desde el 16 de enero 2025 se desató un hecho inesperado, novedoso dentro de la historia de las guerras en Colombia, dos guerrillas se trenzaron en una lucha por disputarse las zonas de extracción de la coca y las rutas del tráfico de las mismas. Dos disidencias de las FARC y el ELN, cuando estaban las FARC activas, antes del 2016, nunca lo hicieron con esta desproporción.
Las guerrillas siempre se han enfrentado contra el Estado y su fuerza pública bajo el supuesto de derrotarlo para crear un Estado más justo. O se enfrentan con actores Paramilitares, grupos armados que, sin ser militares, apoyan al ejército y a sectores económicos de producción en cada zona( bananeros, azucareros, palmicultores, enclaves petroleros, etc); o las guerrillas se alían para enfrentar al Estado como en Nicaragua (FSLN), El Salvador (FMLN), Guatemala (URNG), e incluso aquí en Colombia (1984) cuando crearon la Coordinadora Nacional Guerrillera (CNG). Pero en el Catatumbo ocurrió que se empezaron a enfrentar las guerrillas en una especie de mini guerra intermunicipal, y atacaron a la población civil, desplazando a más de 55.000 personas, confinado a 24.000 pobladores y asesinando a más de 80 personas habitantes, y eliminando a 20 firmantes de la Paz por sospecha de ser “informantes”, un caos indescriptible que debe ser superado, enfrentado y solucionado.
El Gobierno nacional expidió el Decreto 62 del 24 de enero/ 2025 para declarar la conmoción interior, un mecanismo que busca enfrentar la crisis en una región, por eso no se expidió para todo el país. Solo se expidió para los municipios y zonas de Ocaña, Ábrego, El Carmen, Convención, Teorama, San Calixto, Hacarí, La Playa, El Tarra, Tibú y Sardinata. Y los territorios indígenas de los resguardos Motilón Barí y Catalaura, La Gabarra. Así como el área metropolitana de Cúcuta, que incluye a esta capital y los municipios de Villa del Rosario, Los Patios, El Zulia, San Cayetano y Puerto Santander. Y en el departamento del Cesar los municipios de Río de Oro y González. La conmoción interior fue la figura jurídica creada por la Constitución de 1991 para reemplazar el viejo Estado de Sitio. Y hace parte del llamado derecho de excepción, o sea normas jurídicas transitorias que no seguirán rigiendo después de enfrentada y solucionada la crisis. Es decir, opera de manera excepcional.
Pero en Colombia lo anormal es normal para los magistrados que con miopía ven la violencia como estructural y por lo tanto según ellos debe enfrentarse esa violencia con las normas que rigen. Si fuera así no existiría una situación catastrófica como esta en el Catatumbo que Colombia entera ha visto a través de las noticias, las redes sociales y los informativos de TV. Sin contabilizar las violencias de las guerras civiles en Colombia del siglo XIX, podemos concentrarnos solo en la violencia desatada desde 1948 hasta hoy con todas sus transmutaciones, pero ha sido continua en 75 años. Ni los estados de sitio decretados por varios presidentes del Frente Nacional, ni los del Postfrente pudieron acabar con las violencias cruzadas. Tampoco los presidentes elegidos después de 1991, que usando la conmoción interior ya con los controles y límites nuevos, no pudieron avanzar para extirpar las violencias que hoy persisten, ahondada por el saboteo a la implementación de la paz que Juan Manuel Santos, firmó y no pudo implementar a tiempo.
El exmagistrado de la Corte Constitucional, Alejandro Linares, se pronunció en contra de la declaratoria de conmoción interior, con el vacuo argumento de que el Estado dejó acumular durante muchos años una violencia crónica, y por lo tanto esa violencia en la zona del Catatumbo no es un hecho extraordinario ni excepcional. Y agrega que los problemas de esa zona son estructurales. Confunde este abogado de manera torticera al Estado que, siendo el mismo aparato institucional, con reformas variadas desde 1948, son 19 diferentes gobiernos cuatrienales que han dirigido ese Estado hasta hoy, ninguno de los 18 gobiernos anteriores ha solucionado la situación.
Y agrega Linares, “permitir la declaratoria del actual estado de Conmoción Interior desdibujaría el esfuerzo constante de la jurisprudencia constitucional en no regresar a los escenarios de arbitrariedad existentes antes de 1991, con el uso indebido de los Estados de Sitio”. Otro disparate esa comparación porque el Estado de Sitio de antes del año 91 era permanente o muy prolongado, y sin controles de una Alta Corte; por ejemplo, Guillermo León Valencia gobernó los cuatro años(1962-1966),bajo el Estado de Sitio, es decir suspendió el derecho penal vigente y gobernaba como dictador civil. Los otros presidentes lo decretaban también por varios meses so pretexto de combatir Pájaros(sicarios), chusmeros, bandoleros, guerrilleros, marimberos, mafiosos y paramilitares. Otra interpretación aviesa fue la del representante del Comité de Integración Social del Catatumbo (Cisca), Geiner García, con artificiosos argumentos y sandeces, rechazó la conmoción interior como innecesaria.Pero juristas de prestigio como Rodrigo Uprimny, pulquérrimo y doctrinante, han estudiado la medida de conmoción interior y están de acuerdo con su aplicación.
Los estados de excepción son un elemento de apoyo presidencial del presidencialismo y demuestran la inestabilidad política recurrente en Colombia, ante los embates de una violencia proteiforme. Tenemos un desajuste jurídico e institucional y la inestabilidad política que asalta y se toma cada período presidencial desde 1948, por eso es necesario ensamblar un discurso sobre el binomio guerra y política, a fin de encontrar la solución definitiva.
La Conmoción Interior hace parte del Derecho de Excepción porque al igual que los otros estados de excepción, las normas rigen temporalmente. Ese es el objetivo: no alterar el estado de derecho, ni cambiar el orden constitucional. Otra cosa es la transmutación normativa posterior. La tendencia en convertir el articulado en leyes. Los países que no presentan altos índices de criminalidad, donde además no hay grupos guerrilleros, ni actúan terroristas (recordemos que surgen terroristas en algunos países sin pasar por organizaciones guerrilleras), no tienen contemplado en sus constituciones un derecho de excepción, porque el Estado de derecho normal es suficiente para manejar el orden público.
Los Estados de Excepción se establecieron para conjurar las crisis con instrumentos jurídicos. No podemos cuestionar que el derecho también sea un instrumento de guerra. Así, como nace un nuevo derecho después de las guerras, durante éstas se combate con armas jurídicas. Por lo tanto, el derecho de excepción sirve para la defensa del país fortaleciendo la fuerza legítima del Estado.
(*) Magíster en Ciencia Política de la Universidad Javeriana.